¿Su empresa está preparada para cumplir la Ley 2365 de 2024? La prevención del acoso sexual laboral ya no es una opción

Firma de abogados Bogotá

Durante los últimos meses, el derecho laboral colombiano ha experimentado importantes transformaciones encaminadas a fortalecer la protección de los trabajadores y promover ambientes laborales seguros, respetuosos y libres de violencia. En este contexto, la Ley 2365 de 2024 impuso nuevas obligaciones a los empleadores, quienes ahora deben adoptar medidas concretas para prevenir, atender y sancionar el acoso sexual en el ámbito laboral.

Sin embargo, aún es común encontrar empresas que desconocen el alcance de estas obligaciones o consideran, equivocadamente, que solo deben actuar cuando se presenta una denuncia. La realidad es distinta: la norma exige una gestión preventiva y permanente.

La prevención es una obligación legal

La Ley 2365 de 2024 no solo busca sancionar las conductas constitutivas de acoso sexual, sino que obliga a los empleadores a implementar mecanismos efectivos de prevención, capacitación y atención de posibles casos.

Esto implica, entre otras acciones, adoptar protocolos claros para la prevención y atención del acoso sexual; establecer canales confidenciales para la recepción de quejas; garantizar procedimientos imparciales y oportunos, capacitar periódicamente a trabajadores y directivos y promover una cultura organizacional basada en el respeto y la igualdad, entre otras.

Estas medidas no pueden permanecer únicamente en documentos archivados; deben ser conocidas, divulgadas y aplicadas por toda la empresa.

La Ley 2365 de 2024 no solo busca sancionar las conductas constitutivas de acoso sexual, sino que obliga a los empleadores a implementar mecanismos efectivos de prevención, capacitación y atención de posibles casos.

El reporte al Ministerio del Trabajo también hace parte del cumplimiento

Uno de los aspectos que ha generado mayor inquietud entre las empresas es la obligación de elaborar y presentar el reporte estadístico correspondiente ante el Ministerio del Trabajo.

Es importante aclarar que esta obligación existe incluso cuando durante el período correspondiente no se haya presentado ninguna queja por acoso sexual.

En otras palabras, la inexistencia de casos no exonera al empleador de reportar la información requerida. La omisión de esta obligación puede ser interpretada como un incumplimiento de los deberes legales en materia de prevención.

Más allá de evitar sanciones

Cumplir la normativa no debe entenderse únicamente como una estrategia para evitar investigaciones administrativas o sanciones económicas.

La implementación de políticas eficaces de prevención genera beneficios significativos para las organizaciones, entre ellos el fortalecimiento del clima laboral, el aumento de la confianza de los trabajadores, la disminución de los conflictos internos, la mitigación de riesgos legales y el fortalecimiento de la reputación e imagen corporativa, contribuyendo además al desarrollo de una cultura organizacional basada en el respeto, la dignidad y la prevención de conductas de violencia y acoso en el entorno laboral.

El papel de la asesoría jurídica preventiva

La experiencia demuestra que muchas contingencias laborales pueden evitarse cuando las empresas cuentan con un acompañamiento jurídico especializado y oportuno. La actualización del Reglamento Interno de Trabajo, la implementación de protocolos, la capacitación de directivos y trabajadores, el adecuado funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral y el cumplimiento de los reportes exigidos por la ley hacen parte de una estrategia integral de prevención y cumplimiento normativo.

Esperar a que surja una denuncia, una investigación administrativa o una demanda laboral suele generar costos económicos, reputacionales y operativos mucho mayores que invertir en prevención.

Es importante aclarar que esta obligación existe incluso cuando durante el período correspondiente no se haya presentado ninguna queja por acoso sexual.

En Uribe Hernández Asociados acompañamos a empresas de todos los sectores en el diseño e implementación de estrategias de cumplimiento laboral, brindando soluciones jurídicas preventivas, capacitación especializada y asesoría permanente para que nuestros clientes puedan concentrarse en el crecimiento de su negocio con la tranquilidad de estar cumpliendo la normatividad laboral.

Si su empresa aún no ha actualizado sus políticas internas o requiere fortalecer su sistema de prevención del acoso laboral y sexual, nuestro equipo está preparado para asesorarlo con un enfoque práctico, estratégico y ajustado a las necesidades de su organización.

Juan de Dios Uribe Arboleda

Abogado

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